En Argentina la lactancia materna está protegida mediante las leyes nacionales 26.873 y 27.611
Y en nuestra provincia por las leyes 7354 y 7956
Estas normas aseguran los DERECHOS:
✔ a amamantar
✔ a recibir los beneficios de la lactancia
✔ a que se generen condiciones que la faciliten y promuevan
La Oficina de Género y la Oficina de Bienestar Laboral hacen propicia la ocasión para recordar que nuestro Poder Judicial ha sido pionero a nivel provincial en la creación de Salas de Lactancia, en cada uno de los distritos judiciales.
Los lactarios son lugares especialmente diseñados para que todas las mujeres que se encuentren en el período de lactancia y deban ser reincorporadas a sus labores, cuenten con un ámbito higiénico, seguro y privado para la extracción y conservación de la leche.




